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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 290515
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo III; Pág. 775
DEMANDA DE AMPARO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo III; Pág. 775
La que se interpone contra resoluciones del orden civil, por inexacta aplicación de la ley o por omisión de la misma, debe expresarse con claridad cuál es la ley omitida o cuál la aplicada inexactamente, explicando cada concepto de inexactitud en párrafo separado y numerado.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del auto que desechó la demanda. Jara Ezequiel. 12 de septiembre de 1918. Unanimidad de once votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.