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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 290516
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo III; Pág. 778
PARTE AGRAVIADA.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo III; Pág. 778
No lo es, para los efectos del amparo, el fiador a quien se obliga a pagar, por cuenta de su fiado; sino éste, por ser el verdaderamente perjudicado, supuesto que tendrá que hacer aquél el reintegro respectivo.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del auto que desechó la demanda. Rionda Gaspar. 12 de septiembre de 1918. Unanimidad de diez votos. Ausente: Alberto M. González. La publicación no menciona el nombre del ponente.