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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 290518
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo III; Pág. 781
RECURSOS ORDINARIOS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo III; Pág. 781
El hecho de que, durante la secuela del amparo, se hayan resuelto aquéllos, no es obstáculo para declarar la improcedencia del juicio de garantías, pues tal resolución será la que pueda dar origen a un nuevo juicio de esa especie.
Precedentes
Amparo penal en revisión. Calleja y Compañía. 13 septiembre de 1918. Unanimidad de nueve votos. Ausentes: Enrique M. de los Ríos y Victoriano Pimentel. La publicación no menciona el nombre del ponente.