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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 290578
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo III; Pág. 862
RECURSO DE REVISION.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo III; Pág. 862
Es legal interponerlo contra la sentencia de amparo, en el acto de la notificación de esa sentencia y en la misma audiencia en que se falle el amparo; por lo que es improcedente la queja que se formule contra el Juez que ha admitido el recurso, interpuesto en esa forma.
Precedentes
Queja en amparo administrativo. Bernal Mariano. 19 de septiembre de 1918. Unanimidad de once votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.