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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 290635
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo III; Pág. 944
ACTOS CONSUMADOS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo III; Pág. 944
No pueden reputarse como tales, para los efectos de la suspensión, aquéllos que, aunque se hayan ejecutado, pueden volver a su estado primitivo.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del auto de suspensión. Galván Marcos. 28 de septiembre de 1918. Mayoría de siete votos. Los Ministros José M. Truchuelo, Enrique Colunga y Agustín Urdapilleta, no votaron en este asunto, por las razones que constan en el acta del día. Disidente: Victoriano Pimentel. La publicación no menciona el nombre del ponente.