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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 290647
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo III; Pág. 961
SUSPENSION DEL ACTO RECLAMADO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo III; Pág. 961
Procede concederla, si con la ejecución del acto se causan al quejoso perjuicios de difícil reparación, y el daño que pueda resultarle a un tercero, con la suspensión, queda garantizado con la fianza respectiva.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del auto que negó la suspensión. Camacho Marciano. 28 de septiembre de 1918. Unanimidad de ocho votos. Los Ministros José M. Truchuelo, Enrique Colunga y Agustín Urdapilleta, no votaron en este asunto, por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.