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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 290663
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo III; Pág. 984
QUERELLANTE.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo III; Pág. 984
El que tiene ese carácter en un proceso penal, tiene el derecho de presentar las pruebas que crea convenientes para la comprobación del cuerpo del delito y de la responsabilidad del culpable, así como el de apelar de la resolución del Juez, en que éste le niega aquéllos, declara que no hay delito que perseguir.
Precedentes
Amparo penal directo. Granat Jacobo. 7 de octubre de 1918. Mayoría de ocho votos. Disidentes: Alberto M. González, José M. Truchuelo y Enrique Colunga. La publicación no menciona el nombre del ponente.