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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 290664
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo III; Pág. 990
AMPARO DIRECTO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo III; Pág. 990
Las disposiciones relativas a él no pueden regir si no desde la fecha de la vigencia de la Constitución.
Precedentes
Amparo civil en revisión. Noriega Remigio. 8 de octubre de 1918. Unanimidad de nueve votos, en cuanto al punto primero, y por mayoría de siete, en el segundo. Excusa: Victoriano Pimentel. Ausente: Agustín Urdapilleta. Disidentes: Agustín de Valle y Santiago Martínez Alomía. La publicación no menciona el nombre del ponente.