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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 290672
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo III; Pág. 996
MULTA.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo III; Pág. 996
Debe imponerse al que promueve un amparo sin motivo.
Precedentes
Amparo civil en revisión. Abencerraje Alejo. 9 de octubre de 1918. Unanimidad de diez votos en cuanto al primer punto, y por mayoría de ocho votos, respecto del segundo. Ausente: Enrique M. de los Ríos. Disidentes: Agustín de Valle y Enrique Moreno. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Quinta Epoca:
Tomo II, página 1478. Amparo civil interpuesto directamente ante la Suprema Corte. Martínez José de Jesús y María del Socorro. 17 de mayo de 1918. Unanimidad de nueve votos en los tres primeros puntos, y mayoría de siete, en el cuarto. Ausentes: Victoriano Pimentel y Alberto M. González. Disidentes: Manuel E. Cruz y Santiago Martínez Alomía. La publicación no menciona el nombre del ponente.