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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 290673
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo III; Pág. 1000
QUEJA.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo III; Pág. 1000
Es improcedente cuando no se comprueban los hechos aseverados por el quejoso, o es patente que la autoridad de quien se queja, ha procedido con apego a la ley.
Precedentes
Queja en amparo penal. Bucio Camilo. 9 de octubre de 1918. Unanimidad de nueve votos. Ausentes: Enrique M. de los Ríos y Agustín Urdapilleta. La publicación no menciona el nombre del ponente.