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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 290709
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo III; Pág. 1063
GARANTIAS CONSTITUCIONALES.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo III; Pág. 1063
Las de los artículos 14 y 16 de la Constitución no pudieron ser restringidas sino en la manera y términos que los mismos artículos previenen, no pudiendo obligarse al poseedor a litigar para sostener sus derechos, porque esto constituiría una molestia infundada.
Precedentes
Amparo civil en revisión. Castañeda Refugio. 18 octubre 1918. Unanimidad de diez votos. Ausente: Enrique Moreno. La publicación no menciona el nombre del ponente.