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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 290734
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo III; Pág. 1113
DOCUMENTOS PRIVADOS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo III; Pág. 1113
Cuando se objete, no su autenticidad, sino el uso de que de ellos se hizo por el apoderado, su valor probatorio no disminuye, y presentados en un interdicto, esta objeción no afecta las cuestiones debatidas en él.
Precedentes
Amparo civil directo interpuesto ante la Suprema Corte. Ruiz Abelardo. 23 de octubre de 1918. Unanimidad de diez votos. Ausente: Agustín Urdapilleta. La publicación no menciona el nombre del ponente.