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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 290755
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo III; Pág. 1148
CUMPLIMIENTO DE LAS LEYES.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo III; Pág. 1148
La sociedad y el Estado están interesados en él, y sólo que en la ejecución de esas leyes hubiera algún acto violatorio de garantías, se decretará la suspensión previa, la reclamación en el caso especial que ocurra, si procediere conforme a la ley.
Precedentes
Amparo Administrativo. Revisión del auto que negó la suspensión. Compañía de Bienes del Golfo, S. A. 31 de octubre de 1918. Unanimidad de diez votos. Ausente: José M. Truchuelo. La publicación no menciona el nombre del ponente.