Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/290772
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 290772
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo III; Pág. 1159
ACTOS RECLAMADOS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo III; Pág. 1159
Deben ser apreciados en la sentencia de amparo, tal como aparecieron probados ante la autoridad responsable, sin poderse tomar en consideración para estatuir sobre su constitucionalidad o inconstitucionalidad, pruebas que se hubieren omitido ante la referida autoridad responsable.
Precedentes
Amparo civil en revisión. Ceballos Pinto Carmen. 4 de noviembre de 1918. Unanimidad de ocho votos. Ausentes: Agustín de Valle, Alberto M. González, y Enrique García Parra. La publicación no menciona el nombre del ponente.