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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 290783
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo III; Pág. 1173
PAPEL MONEDA.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo III; Pág. 1173
Siendo la expedición de él, por gobiernos ilegítimos, uno de los actos viciados de nulidad por las diversas leyes del Gobierno Constitucionalista, sería antijurídico e inmoral admitir que, bajo el pretexto de una revalidación de actuaciones, pudiera fingirse una ley que tuvo por mira salvaguardar el interés colectivo, dando valor a este papel moneda.
Precedentes
Amparo civil en revisión. Banco del Estado de México. 4 de noviembre de 1918. Unanimidad de ocho votos. Ausentes: Agustín de Valle, Alberto M. González, y Enrique García Parra. La publicación no menciona el nombre del ponente.