Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/290798
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 290798
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo III; Pág. 1199
REVISION.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo III; Pág. 1199
La que conforme al decreto de 11 de julio de 1916, deben hacer los tribunales de alzada, de las sentencias sobre revalidación de actuaciones, sólo se reduce a examinar si existen en el procedimiento irregularidades que importen la responsabilidad del Juez.
Precedentes
Amparo civil en revisión. García Dolores. 11 de noviembre de 1918. Unanimidad de diez votos. Ausente: Enrique García Parra. La publicación no menciona el nombre del ponente.