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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 290810
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo III; Pág. 1213
DEPOSITARIO EN EL JUICIO SUCESORIO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo III; Pág. 1213
No es a él a quien toca oponer la excepción de que los herederos no han acreditados sus derechos a la herencia, ni valerse de esa excepción para resistir la entrega de los bienes, ordenada por el Juez de los autos.
Precedentes
Amparo civil en revisión. Alvarez José. 18 de noviembre de 1918. Unanimidad de once votos, en cuanto al primer punto, y por mayoría de diez votos, respecto al segundo. Disidente: Agustín de Valle. La publicación no menciona el nombre del ponente.