Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/290847
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 290847
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo III; Pág. 1287
RESPONSABILIDAD OFICIAL.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo III; Pág. 1287
Es motivo para exigirla a los funcionarios del Poder Judicial de la Federación, el hecho de que funden sus resoluciones en consideraciones de derecho notoriamente inexactas e inaplicables, y debe consignárseles por tal hecho, a quien corresponda.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del auto que desechó la demanda. Ramírez Salazar Andrés. 12 de diciembre de 1918. Unanimidad de diez votos. Ausente: Agustín de Valle. La publicación no menciona el nombre del ponente.