Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/290859
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 290859
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo III; Pág. 1306
LEYES FEDERALES, APLICACION DE LAS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo III; Pág. 1306
De las sentencias de segunda instancia que se dicten en las controversias del orden civil o criminal, que se susciten sobre el cumplimiento y aplicación de leyes federales, cuando afectan sólo intereses particulares, podrá suplicarse para ante la Suprema Corte de Justicia, en los términos que determina la ley.
Precedentes
Recurso de denegada súplica. "El Nuevo Mundo", S. A. 14 de diciembre de 1918. Unanimidad de nueve votos. Ausentes: Agustín de Valle y Agustín Urdapilleta. La publicación no menciona el nombre del ponente.