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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 290861
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo III; Pág. 1306
SUPLICA, RECURSO DE.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo III; Pág. 1306
La Suprema Corte está obligada a admitir y tramitar los recursos de súplica que se interpongan, porque, de otro modo, obraría contra lo mandado por la Constitución y denegaría justicia a los interesados.
Precedentes
Recurso de denegada súplica. "El Nuevo Mundo", S. A. 14 de diciembre de 1918. Unanimidad de nueve votos. Ausentes: Agustín de Valle y Agustín Urdapilleta. La publicación no menciona el nombre del ponente.