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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 290863
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo III; Pág. 1307
SUPLICA, RECURSO DE.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo III; Pág. 1307
Habiendo reglas para la tramitación del recurso de alzada, aplicables, por analogía, al de súplica, tanto en el Código de Comercio, como en el Federal de Procedimientos Civiles, la Suprema Corte ha adoptado las reglas de éste último, por ser más liberales y uniformes sus preceptos, en materia de cómputo de los términos.
Precedentes
Recurso de denegada súplica. "El Nuevo Mundo", S. A. 14 de diciembre de 1918. Unanimidad de nueve votos. Ausentes: Agustín de Valle y Agustín Urdapilleta. La publicación no menciona el nombre del ponente.