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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 290872
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo III; Pág. 1322
SENTENCIA CONDENATORIA.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo III; Pág. 1322
No puede dictarse contra un procesado, sino cuando se ha probado que existe el delito, y que él tuvo en su comisión alguna de las responsabilidades penadas por la ley.
Precedentes
Amparo penal directo. Hernández Alberto C. 20 de diciembre de 1918. Mayoría de cinco votos. Ausentes: Alberto M. González y Santiago Martínez Alomía. Disidentes: Enrique Colunga, Enrique García Parra, Enrique Moreno y Manuel E. Cruz. La publicación no menciona el nombre del ponente.