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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 290884
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo III; Pág. 1338
TRIBUNAL DE ARBITRAJE, RESOLUCIONES DEL.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo III; Pág. 1338
El Código del Trabajo del Estado de Yucatán declara: que contra las resoluciones del Tribunal de Arbitraje no cabe recurso alguno; y no hay disposición que conceda al gobernador del Estado facultades para revisar esas resoluciones.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión. "Unión Cooperativa del Centro de Detallistas de Yucatán". 20 de diciembre de 1918. Mayoría de ocho votos. Ausentes: Alberto M. González y Santiago Martínez Alomía. Disidente: Enrique Colunga. La publicación no menciona el nombre del ponente.