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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 290908
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo II; Pág. 25
ACTOS PUNIBLES.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo II; Pág. 25
Para que la infracción de una ley, reglamento, circular, acuerdo o cualquiera otra disposición de la autoridad sea punible, es necesaria la preexistencia del mandamiento que ordena o prohibe hacer alguna cosa, y la consignación, en el mismo, de la pena en que incurren los infractores.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión. Zamora Enrique. 2 de enero de 1918. Unanimidad de diez votos. La publicación no menciona el ponente.