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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 290915
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo II; Pág. 284
VIOLACION DE GARANTIAS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo II; Pág. 284
Cuando constituye un delito que se persigue de oficio, el responsable de ella debe ser consignado por la Suprema Corte al tribunal competente.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión. Arellano Gregoria. 1o. de febrero de 1918. Unanimidad de once votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Quinta Epoca:
Tomo II, página 30. Amparo civil en revisión. López de De la Garza Fanny. 2 de enero de 1918. Unanimidad de once votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.