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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 290940
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo II; Pág. 64
SUSPENSION DEL ACTO RECLAMADO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo II; Pág. 64
Es improcedente la que tiene por efecto la reposición de las cosas al estado que antes tenían, pues tal reposición es materia del fallo definitivo.
Precedentes
Amparo penal. Revisión del auto de suspensión. Conrado Santiago. 5 de enero de 1918. Mayoría de diez votos. Disidente: Alberto M. González. La publicación no menciona el nombre del ponente.