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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 290978
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo II; Pág. 97
TERCERO PERJUDICADO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo II; Pág. 97
Por regla general, sólo puede admitírsele contrafianza para dejar sin efecto la suspensión del acto reclamado, cuando ésta se concede bajo fianza; pero no cuando la misma suspensión se otorga sin fianza.
Precedentes
Queja en amparo civil. Villarreal de Toledo Eva. 11 de enero de 1918. Mayoría de siete votos. Disidentes: Agustín de Valle, Enrique Colunga, Manuel E. Cruz y Victoriano Pimentel. La publicación no menciona el nombre del ponente.