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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 290983
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo II; Pág. 106
JUICIO DE AMPARO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo II; Pág. 106
El amparo es procedente contra actos de autoridades que violen las garantías constitucionales; los hechos consumados por virtud de actos propios de los quejosos, no dan lugar al amparo.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del auto de improcedencia. Reyes Manuel. 11 de enero de 1918. Mayoría de seis votos. Disidentes: Agustín de Valle, Santiago Martínez Alomía, Enrique Moreno, Manuel E. Cruz y Victoriano Pimentel. La publicación no menciona el nombre del ponente.