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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 291027
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo II; Pág. 178
COMPETENCIAS CONSTITUCIONAL Y JURISDICCIONAL.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo II; Pág. 178
No violan el artículo 16 de la Constitución los actos de una autoridad judicial que, teniendo competencia constitucional, se avoca el conocimiento de un asunto para el cual carece de competencia jurisdiccional.
Precedentes
Amparo penal en revisión. Pineda Guadalupe y coagraviados. 23 de enero de 1918. Unanimidad de once votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.