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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 291035
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo II; Pág. 208
NULIDAD DE ACTUACIONES.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo II; Pág. 208
Conforme el decreto de 11 de julio de 1916, en consonancia con el de 24 de abril de 1913, son nulas todas las actuaciones practicadas por funcionarios judiciales dependientes de gobiernos ilegítimos.
Precedentes
Revalidación de actuaciones en amparo civil. Estrada Cervera Miguel. 25 de enero de 1918. Mayoría de nueve votos. Disidentes: Victoriano Pimentel y Alberto M. González. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Quinta Epoca:
Tomo II, página 181. Amparo civil. Revisión improcedente de actuaciones nulas. Cordero Cenobio. 24 de enero de 1918. Mayoría de ocho votos. Disidentes: Enrique Moreno, Manuel E. Cruz y Enrique M. de los Ríos. La publicación no menciona el nombre del ponente.