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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 291045
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo II; Pág. 200
IMPUESTO DEL TIMBRE.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo II; Pág. 200
No se causa en amparos interpuestos contra sentencias del orden penal.
Precedentes
Amparo penal en revisión. Frías Alcocer Manuel y Ortiz Alfonso. 25 de enero de 1918. Unanimidad de diez votos. El Ministro Manuel E. Cruz no intervino en la votación de este asunto por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.