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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 291059
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo II; Pág. 220
SUSPENSION DEL ACTO RECLAMADO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo II; Pág. 220
Al resolver sobre ella, además de juzgar y salvar los intereses públicos, que no se pueden herir, es indispensable estudiar si puede o no producir sus efectos jurídicos, porque, de lo contrario, será una suspensión ilusoria, no sólo inútil, sino perjudicial al decoro y respetabilidad de la justicia.
Precedentes
Amparo penal. Revisión del auto de suspensión. Palomares Jesús. 26 de enero de 1918. Unanimidad de once votos respecto de los actos atribuídos al Subsecretario de Guerra y Marina y del Procurador General de la Nación, y mayoría de siete votos respecto de los actos atribuídos al Director de la Penitenciaría. Disidentes: Santiago Martínez Alomía, Enrique García Parra, Victoriano Pimentel y Enrique Moreno. La publicación no menciona el nombre del ponente.