Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/291067
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 291067
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo II; Pág. 224
AMPAROS DEL ORDEN CIVIL.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo II; Pág. 224
Son de estricto derecho y la resolución que deba pronunciarse no admite oficiosidad alguna, ni cabe suplir ni ampliar nada en ellos.
Precedentes
Amparo civil interpuesto directamente ante la Suprema Corte. Ruiz Miguel. 26 de enero de 1918. Mayoría de siete votos. Disidentes: Agustín de Valle, Alberto M. González, Enrique García Parra y Enrique M. de los Ríos. La publicación no menciona el nombre del ponente.