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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 291074
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo II; Pág. 248
ARTICULO 16 CONSTITUCIONAL.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo II; Pág. 248
No se infringe con la imposición de una pena que es el resultado de un proceso instruido con arreglo a las leyes aplicables, y que se funda en las pruebas rendidas y en las prescripciones de las mismas leyes.
Precedentes
Amparo penal directo. Ochoa Andrés. 28 de enero de 1918. Unanimidad de once votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.