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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 291115
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo II; Pág. 309
SUSPENSION PROVISIONAL.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo II; Pág. 309
Tiene por objeto mantener las cosas en el estado que guarden, por el término de setenta y dos horas, a fin de que no se defrauden derechos de tercero y evitar, hasta donde sea posible, perjuicios a los interesados.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del auto de suspensión. Cano Gervasio. 2 de febrero de 1918. Mayoría de siete votos. Disidentes: Agustín Urdapilleta, José María Truchuelo, Santiago Martínez Alomía y Enrique Colunga. La publicación no menciona el nombre del ponente.