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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 291132
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo II; Pág. 340
FACULTAD COACTIVA.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo II; Pág. 340
No estando demostrado que el arrendatario de una finca intervenida se haya sometido a esa facultad, para el cumplimiento de sus obligaciones, los adeudos provenientes del contrato deben exigirse ante los tribunales federales, en la forma establecida por la ley.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión. Fernández viuda de Peimbert Esther. 4 de febrero de 1918. Mayoría de seis votos. Ausente: Enrique García Parra. Disidentes: Santiago Martínez Alomía, Agustín Urdapilleta, Manuel E. Cruz y Enrique M. de los Ríos. La publicación no menciona el Ponente.