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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 291150
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo II; Pág. 382
APRECIACION DE LAS PRUEBAS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo II; Pág. 382
La que hacen los tribunales de las que aparecen en un proceso, no puede por sí sola constituir una violación de garantías, si no se comprueba que, al hacerla, se infringieron alguna o algunas de las reglas del procedimiento, que fijan la manera de valorizar las pruebas.
Precedentes
Amparo penal interpuesto directamente ante la Corte. Aguilar José Matilde. 8 de febrero de 1918. Unanimidad de once votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.