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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 291172
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo II; Pág. 412
SUSPENSION.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo II; Pág. 412
Debe concederse contra la orden de aprehensión, cuando no se dañan los intereses de la sociedad ni los del Estado; previa fianza otorgada por el quejoso, para que quede asegurado.
Precedentes
Amparo penal. Revisión del auto de suspensión. Alonso Ricardo y coagraviados. 9 de febrero de 1918. Mayoría de diez votos, respecto de la proposición primera, y mayoría de siete votos, respecto de la segunda proposición del fallo. Disidentes: Santiago Martínez Alomía, así como Enrique M. de los Ríos, Agustín Urdapilleta, José María Truchuelo y Alberto M. González, respectivamente. La publicación no menciona el nombre del ponente.