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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 291188
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo II; Pág. 435
RATIFICACION EXTEMPORANEA.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo II; Pág. 435
La que se hace de una demanda de amparo, por quien tiene facultad de promoverla, no puede convalidar las actuaciones ejecutadas y terminadas, en primera instancia, con sólo la intervención de quien no tenía personalidad para promover el juicio.
Precedentes
Amparo civil en revisión. Camacho Díaz Leopoldo. 11 de febrero de 1918. Mayoría de nueve votos. Disidentes: Santiago Martínez Alomía y Agustín Urdapilleta. La publicación no menciona el nombre del ponente.