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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 291227
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo II; Pág. 487
SENTENCIAS INTERLOCUTORIAS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo II; Pág. 487
La Suprema Corte no es competente para conocer, directamente y en única instancia, de las demandas de amparo que se interpongan contra esas sentencias.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del auto en que el Juez de Distrito se declaró incompetente para conocer del amparo. Guerra Arcadio. 13 de febrero de 1918. Unanimidad de once votos. La publicación no menciona el Ponente.