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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 291258
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo II; Pág. 521
INCOMPETENCIA DE UN JUEZ.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo II; Pág. 521
No puede invocarse como violatoria de garantías, cuando el quejoso se ha sometido a la jurisdicción de ese Juez, en el juicio en que se dictó el fallo que señala como violatorio de esas garantías.
Precedentes
Amparo civil directo. Melgarejo Fernando. 15 de febrero de 1918. Unanimidad de once votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.