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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 291268
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo II; Pág. 541
IMPROCEDENCIA.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo II; Pág. 541
Debe declararse de plano, cuando la sentencia, contra la cual se interpone el amparo, admita algún recurso legal ordinario.
Precedentes
Amparo civil directo interpuesto ante la Suprema Corte. Hope Jorge N. 15 de febrero de 1918. Mayoría de seis votos. Ausente: Enrique Colunga. Disidente: Agustín de Valle, Alberto M. González, Enrique García Parra, y Enrique Moreno. La publicación no menciona el nombre del ponente.