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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 291289
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo II; Pág. 584
ARTICULO 680 DEL CODIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo II; Pág. 584
Es inaplicable en lo que pugna con la fracción IX del artículo 107 constitucional, que establece la nueva forma de tramitación del amparo.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del auto en que se decretó el sobreseimiento. Echeverría Cortazar José y S. de Echeverría Virginia. 19 de febrero de 1918. Unanimidad de diez votos. Ausente: Enrique García Parra. La publicación no menciona el nombre del ponente.