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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 291299
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo II; Pág. 601
EMBARGO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo II; Pág. 601
El practicado en bienes de una persona que no ha sido parte en el juicio, en que se decreta el secuestro, causa molestias sin fundamento ni motivo legal, e infringe, en perjuicio de esa persona, los artículos 16 y 27 constitucionales.
Precedentes
Amparo civil en revisión. Tapia Francisco M. 20 de febrero de 1918. Unanimidad de diez votos. Ausente: Enrique Moreno. La publicación no menciona el nombre del ponente.