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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 291308
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo II; Pág. 613
SUSPENSION DE ORDEN DE APREHENSION.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo II; Pág. 613
Cuando se pide contra la que aún no se ejecuta, estando, por lo mismo, el quejoso, en libertad, los beneficios de la suspensión se hacen nugatorios, si se ordena el aseguramiento, por la policía, del mismo quejoso, a efecto de que quede a disposición del Juez de Distrito.
Precedentes
Queja. Romero Teófilo. 21 de febrero de 1918. Mayoría de ocho votos. Disidentes: Agustín de Valle, Enrique Colunga y Enrique de Valle. La publicación no menciona el nombre del ponente.