Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/291349
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 291349
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo II; Pág. 668
LIBERTAD DE TRABAJO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo II; Pág. 668
La Constitución Federal de la República, en su artículo 4o. previene: que a ninguna persona se le podrá impedir que se dedique a la profesión, industria o trabajo que le acomode, siendo lícitos y sienta el principio general de que debe existir la libertad franca de trabajo y el ejercicio franco de las profesiones.
Precedentes
Amparo civil en revisión. Rivera Enrique A. 1o. de marzo de 1918. Mayoría de ocho votos. Ausente: Enrique Moreno. Disidentes: Agustín de Valle y Manuel E. Cruz. La publicación no menciona el nombre del ponente.