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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 291377
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo II; Pág. 733
ACTOS CONSENTIDOS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo II; Pág. 733
En los amparos administrativos, se reputan así, tanto las órdenes de una autoridad, que han sido acatadas por el quejoso, dándoles cumplimiento, como aquéllos contra los cuales no se ha pedido amparo, dentro de los términos que señala la ley.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del auto que decretó el sobreseimiento. Roux Juana. 4 de marzo de 1918. Mayoría de nueve votos. Ausente: Agustín de Valle. Disidente: Victoriano Pimentel. La publicación no menciona el nombre del ponente.