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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 291390
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo II; Pág. 757
SUSPENSION DEL ACTO RECLAMADO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo II; Pág. 757
Tratándose de la garantía de la libertad personal, sus únicos efectos son: que el quejoso quede a disposición del Juez de Distrito, en los términos del artículo 718 del Código Federal de Procedimientos Civiles, y no impide la continuación del procedimiento penal contra el quejoso.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del auto de suspensión. Menéndez Téllez Luis. 5 de marzo de 1918. Unanimidad de once votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.