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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 291405
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo II; Pág. 779
RESOLUCIONES PRESIDENCIALES.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo II; Pág. 779
De las demandas de amparo promovidas contra ellas, no debe conocer la Suprema Corte, sino los Jueces de Distrito respectivos.
Precedentes
Amparo administrativo interpuesto directamente ante la Suprema Corte. Tolcayuca, vecinos de. 11 de marzo de 1918. Unanimidad de diez votos. Ausente: Agustín de Valle. La publicación no menciona el nombre del ponente.