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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 291408
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo II; Pág. 786
HECHOS DELICTUOSOS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo II; Pág. 786
Una vez fallado, en definitiva, el proceso abierto contra aquél a quien se imputan, no puede instituírsele nuevo proceso, por esos mismos hechos, sin violar abiertamente la garantía consignada en el artículo 23 constitucional.
Precedentes
Amparo penal en revisión. Sánchez Marín Francisco. 11 de marzo de 1918. Mayoría de cinco votos. Ausente: Agustín de Valle. Excusa: Santiago Martínez Alomía. Disidentes: Alberto M. González, José María Truchuelo, Enrique Colunga y Enrique M. de los Ríos. La publicación no menciona el nombre del ponente.